Taxonomía social: las finanzas hablan ahora en clave de personas

9 marzo 2022

 

El pasado 28 de febrero, la Comisión Europea publicó el Reporte Final de Taxonomía Social, marco imprescindible para canalizar las inversiones privadas hacia las actividades que favorezcan los objetivos sociales. Además de los principales aportes de dicho documento te traemos una recolección de las distintas opiniones de varios expertos del ecosistema.

 

 

A finales del pasado febrero se publicó el reporte final sobre Taxonomía Social, desarrollado por la Plataforma de Finanzas Sostenibles. Este esfuerzo colaborativo (que sigue el camino recorrido por la taxonomía ambiental) consta de una clasificación de actividades que pretende determinar qué inversiones resultarán positivas respecto al cumplimiento de los objetivos sociales (Trabajo decente – Estándares de vida adecuados y bienestar de los consumidores finales – Comunidades y sociedades inclusivas y sostenibles).

 

Su principal propósito es dar impulso a la Inversión Sostenible en Europa, dirigiendo los flujos de capital a entidades y actividades que operan con respeto a los derechos humanos y mejoren las condiciones de vida.

 

Como puntos a resaltar cabe destacar el alcance de dicha clasificación a toda la cadena de valor de la empresa, la incorporación del concepto de contribución adicional positiva (considerando las contribuciones sociales que hacen las actividades que impactan en colectivos desfavorecidos), así como la alineación de dichas actividades con la propia de la empresa en cuestión. Además, el documento realiza una comparación entre la taxonomía social y su antecesora taxonomía ambiental o verde.

 

 

PILARES, CRITERIOS Y PRINCIPIOS DE LA TAXONOMÍA SOCIAL:

 

La estructura sugerida de la Taxonomía Social está basada en cuatro pilares similares a la ambiental, los cuales se pueden considerar secuencialmente para la obtención final de actividades sociales positivas:

 

Desarrollo de los objetivos sociales

Tipos de contribuciones sustanciales

Criterios “do no significant harm” (DNSH)

Garantías mínimas (minimum safeguard)

 

 

Objetivos sociales que cumplir:

 

Los tres objetivos (con sus correspondientes subobjetivos) se han creado considerando cada grupo de stakeholders, resultando:

 

(1) Trabajo decente → incluyendo todos los trabajadores de la cadena de valor

Subobjetivos: Diálogo social, salarios dignos, salud y seguridad, formación continua

 

(2) Estándares de vida adecuados y bienestar de los consumidores finales → consumidores

Subobjetivos: Atención sanitaria, vivienda social, cuidados de larga duración

 

(3) Comunidades y sociedades inclusivas y sostenibles → comunidades

Subobjetivos: Acceso a infraestructura económica básica, inclusión de las personas con discapacidades

 

Tipos de contribuciones

 

A su vez, dentro de estos objetivos, y siguiendo la estructura, se considera que las actividades llevadas a cabo (lo que debe financiarse) son “sociales” si realizan una “contribución sustancial” a alguno de los objetivos presentados, a saber:

 

1. Si “evita y aborda impactos negativos”, en sectores con alto riesgo como:

(a) sectores en lo que se dé una pérdida de empleo importante,

(b) aquellos con alta competencia internacional expuestos a no alcanzar un salario digno, enfocándose en el gasto que las empresas tienen que hacer para aliviar estos riesgos.

 

2. Si aumenta el impacto positivo inherente en la actividad económica. Especialmente en sectores:

(a) proveedores de bienes y servicios sociales que cubran necesidades básicas humanas (acceso a agua, vivienda, sanidad, etc.) y

(b) situaciones donde la infraestructura económica básica no se alcance, no sea accesible a los grupos objetivo o esté en peligro de no alcanzarse en el futuro. Resultando en una contribución a la reducción del número de personas sin acceso a productos y servicios básicos.

3. Si la actividad económica tiene el potencial de permitir una reducción sustancial del riesgo en otro u otros sectores económicos.

 

Criterios “do no significant harm” (DNSH)

 

Otro elemento estructural serán los criterios de “no causar daños significativos” (DNSH). Con ello se garantiza que una actividad que contribuya a uno de los objetivos sociales no debe perjudicar a ninguno de los demás objetivos. Para los temas que no pueden vincularse a la actividad, pero sí a la entidad económica (como la “política fiscal transparente y no agresiva”), se emplearán unas garantías mínimas para evitar incoherencias.

 

 

Garantías mínimas (minimum safeguard)

 

En este sentido, las garantías mínimas son entendidas aquí como “procedimientos” que debe seguir la entidad que ejecuta una actividad económica sostenible y que deben estar en consonancia con los Derechos humanos, libertades fundamentales, principios democráticos y estándares internacionales al respecto.

 

EJES DE LA TAXONOMÍA SOCIAL

La Taxonomía Social agrupa la clasificación de actividades siguiendo una estructura dimensional:

 

Una dimensión vertical, centrada en los productos y servicios que pueden contribuir a garantizar el respeto de los derechos humanos, sociales y económicos, y una dimensión horizontal que incluiría a las empresas desde un punto de vista de procesos y prácticas para mejorar el respeto y la protección de los derechos humanos en todas las actividades económicas privadas. A continuación, sintetizamos ambas dimensiones en la siguiente tabla:

 

Para finalizar, recordamos que el informe de este grupo de expertos es sólo una guía para orientar a la Comisión Europea en el proceso de elaborar una propuesta para organizar las actividades económicas en la taxonomía según su impacto social. La Comisión analizará ahora este informe y las diferentes recomendaciones dadas para continuar su trabajo sobre la Taxonomía Europea.

 

CONSIDERACIONES SOBRE EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA TAXONOMÍA SOCIAL

 

Teniendo en cuenta las opiniones de los expertos extrajimos las siguientes conclusiones:

 

La Taxonomía Social tiene los mismos procesos que la Taxonomía verde, lo que le facilita el camino, sin embargo, se prevé un desarrollo más lento que esta última. Además, funciona como un nexo entre inversores y empresas en pro de mejorar el desempeño de estas y aporta flexibilidad para trabajar en diferentes marcos estatales dentro de una misma metodología.

 

Entre las cuestiones positivas se destaca que la Taxonomía social aporta métricas comunes, lo que genera mayor estandarización, aporta regularidad y nos permite un mejor control. Además, brindará mayor credibilidad, visibilidad y reconocimiento a las empresas que contribuyan al cumplimiento de los objetivos sociales. Sin embargo, también implica adicionar una nueva iniciativa en la avalancha de regulaciones, para nada sencillas ni fáciles de entender.

 

Otro de los aspectos positivos a destacar es que dicha iniciativa es una referencia para poner en valor la economía social inclusiva, aunque se corre el riesgo de dañar los objetivos sociales al etiquetar ciertas actividades económicas como perjudiciales, sin tener en cuenta aspectos contextuales y, además, presenta la dificultad de que debe adecuarse a estándares internacionales y a valores y aspectos culturales.

 

 

ANTECEDENTES Y CONTEXTO DEL DESARROLLO DE LA TAXONOMÍA

 

Haciendo un breve repaso cronológico de algunos de los hitos más importantes, la Taxonomía se comenzó a elaborar en 2018, a pedido de la Comisión Europea, de la mano de la Plataforma de Finanzas Sostenibles.

 

En marzo de 2020, la misma presentó el Informe sobre taxonomía de transición ambiental, (o taxonomía climática o taxonomía verde), una serie de recomendaciones relacionadas con el diseño general de la Taxonomía de la UE.

 

En julio de 2021 La Comisión Europea adoptó una serie de medidas más ambiciosas en materia de finanzas sostenibles, (incluyendo a las pymes en la transición hacia una economía sostenible, los bonos verdes, y requisitos sobre información sostenible a divulgar por las empresas). En este mismo mes, se publicaba también el borrador de la Taxonomía Social, propuesta valorada muy positivamente al elevar la importancia de las cuestiones sociales en las decisiones de la empresa, marcando una hoja de ruta para gestionar los riesgos sociales e impactando muy positivamente en la sociedad, con miras a reducir las desigualdades.

 

En febrero de 2022, la Comisión presentó un acto delegado complementario a la taxonomía climática, por el cual se añade a la taxonomía, otras actividades económicas relacionadas con la industria del gas y la energía nuclear.

 

La última publicación, en el mes de febrero de 2022, ha sido el Informe final sobre la Taxonomía Social.

 

Dicho documento, así como la extensión de la taxonomía que se publicará en las próximas semanas, formarán parte de una futura revisión por parte de la Comisión que desarrollará el marco de la taxonomía. No se conoce aún la implementación específica de lo que será la taxonomía social, pero este trabajo técnico es uno de los inputs que la Comisión considerará en su revisión.

 

 

Puedes leer el informe final de la Taxonomía Social:

Informe Taxonomía Social

 

 

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